La economía de la comunidad ha estado regulada por dos recursos principalmente: la agricultura y la ganadera.  En torno a estas dos actividades ha girado durante años toda la vida de la comunidad.
Huerta en Vallimengue Los productos que se cultivan son muy variados, fruto de la desigualdad del terreno.  En la vega se cultivan patatas, maíz, alubias, remolacha, frutales, ... El resto del terreno es de secano y produce legumbres y cereales, centeno sobre todo.  Estos productos constituyen el alimento básico de hombres y animales.  Las viñas y el vino también tienen importancia para la vida de la comunidad, como veremos más adelante.
 Otro recurso fundamental es la ganadería.  Las vacas han sido insustituibles en todas las labores agrícolas, la venta de algún "jato" constituye un ingreso extraordinario para la familia.  Las ovejas, el burro y los cerdos forman el resto de la propiedad ganadera.

1.- Propiedad privada y propiedad común

La extensión territorial de Riofrío abarca 3200 hectáreas, de las cuales sólo una tercera parte es propiedad privada.  El resto es patrimonio común.
 La propiedad privada se agrupa en torno al pueblo y es minifundista. las pequeñas tierras de la vega se multiplican cada vez que existe un reparto de herencia.  De dos a cuatro vacas, algunas ovejas, un burro y dos cerdos constituyen la propiedad ganadera de la familia media.  Los más pudientes llegan a tener diez vacas, un caballo y varios cientos de ovejas.
 La propiedad común está formada, como acabamos de indicar, dos tercios del terreno del pueblo. La mayor parte es terreno cultivable y en él se siembra el trigo y el centeno; otra parte se dedica para el pasto, y el resto es monte de urces y robles, donde se produce la leña necesaria para la comunidad.

 La equitativa distribución y  uso de esta propiedad es, sin duda, el principal elemento que elimina la existencia de estratos sociales dentro del grupo. La forma de distribuir esta propiedad está perfectamente regulada por la costumbre el terreno cultivable se reparte entre todos los vecinos cada año, o bien cada cinco o cada diez años, según dictamine el Concejo (ya hablaremos de él, cuando abordemos el tema de la organización social). De todo el suelo común dedicado para el cultivo de cereales, solo se siembra la mitad cada año, pues la pobreza de la tierras junto con la necesidad de campo libre donde puedan alimentarse las ovejas y la imposibilidad de cultivar todo el terreno únicamente con las vacas, hacen necesaria la existencia del barbecho.

 Dada la gran variedad del suelo, y con el fin de que el reparto sea lo más equitativo posible, se divide cada "vago" , de tal forma que correspondan uno o dos "quiñones" a cada vecino. La extensión de éstos tiende a ser la misma, y no suele pasar casi nunca de una hectárea de terreno. El número total de quiñones, correspondiente a cada vecino, se llama "quiñonada" y suele oscilar entre diez y trece. La "quiñonada" es una propiedad a la que todo vecino tiene derecho por el hecho de serlo; este derecho es exclusivo mientras no se cumpla el tiempo para el cual se hizo el reparto

 La mayor parte de los pastos existentes también son propiedad común. Un gran valle, "Vallebar", regado por el agua de varias fuentes, se cota a finales de marzo, de modo que no entre ningún animal a pastar en él hasta mediados de mayo. El día de S. Isidro -fiesta de los labradores y de las vacas- se "abre el coto"; a partir de entonces, podrán ir allí todas las vacas del pueblo. En agosto se permite entrar a los rebaños de ovejas, debido a que el resto del campo se ha secado completamente y a que no existe otro lugar donde puedan beber agua estos animales, a no ser otras fuertes. Otro bien comunal al que todo vecino tiene derecho es la leña. Existen dos trozos de monte que se cortan cada varios años, ocho o diez; cuando esto ocurre, se dividen de la misma manera que se hacia con las tierras cultivables y a cada familia le corresponde una parte de leña igual que a todos los demás.

 El sentido de propiedad, tanto privada como común, está muy arraigado en los campesinos de Riofrío; todos se preocupan porque sus posesiones sean respetadas y porque nadie haga uso indebido de los bienes comunitarios. En este sentido, el pueblo y los propietarios de fincas ejercen el derecho de "prindada" desde tiempo inmemorial en los casos de pastoreo abusivo o desacato de ordenanzas comunales. Hace algunos años, el guarda encargado de la vigilancia recogía el ganado, denunciaba el hecho al Concejo y retenía las reses en garantía o prenda de pago de la multa o corrección impuesta por la Junta Vecinal. Actualmente ha desaparecido el cargo de guarda y su ausencia se hace notar, sobre todo en lo que atañe a intereses comunales; ya que a nivel de fincas privadas se sigue ejerciendo el mismo derecho.